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noviembre 6, 2026
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Condenan en Cuba a cuatro masones por cambiar 300 dólares: el conflicto con el Gobierno

El Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre, en La Habana, condenó este 5 de noviembre a cuatro integrantes de la masonería cubana por tráfico ilegal de divisas. Entre los sancionados figura José Ramón Viñas Alonso, antiguo dirigente del Supremo Consejo del Grado 33, enfrentado durante años a decisiones del Ministerio de Justicia.

El caso se relaciona con dos cambios de moneda que sumaron 300 dólares estadounidenses, según el expediente de acusación. La sentencia llega después de meses de disputas entre autoridades cubanas y representantes de la fraternidad.

Cuatro masones condenados y multas de hasta 25000 pesos

La Sección Penal del tribunal celebró el juicio oral correspondiente a la causa 26E de 2026. En una nota oficial, las autoridades judiciales informaron que dieron por probado el delito de tráfico ilegal de divisas, contemplado en el artículo 315.1, inciso g), del Código Penal.

José Ramón Viñas Alonso recibió cuatro años de limitación de libertad y una multa de 25000 pesos cubanos. El tribunal le impuso 500 cuotas de 50 pesos.

Fernando Marcos García, contador del Asilo Nacional Masónico Llansó, fue condenado a tres años de limitación de libertad y una multa de 20000 pesos.

Ángel Lázaro Santiesteban Prats y Osvaldo Ernesto Villegas Digat recibieron dos años de limitación de libertad cada uno. Ambos deberán pagar multas de 20000 pesos, según la información judicial.

Los cuatro también recibieron sanciones accesorias. Estas incluyen privación de derechos, prohibición de salir de Cuba y restricciones para ejercer cargos u oficios.

Las penas de limitación de libertad no equivalen, por sí mismas, a cuatro, tres o dos años de encarcelamiento.

¿Por qué fueron juzgados por cambiar 300 dólares?

La acusación se centró en dos operaciones efectuadas con divisas vinculadas al Asilo Nacional Masónico Llansó, institución dedicada a la atención de personas mayores.

Según los documentos analizados por Cubalex, en septiembre de 2023 se intercambiaron 49600 pesos cubanos por 200 dólares. En junio de 2025 se realizó otra operación de 37500 pesos por 100 dólares.

La Fiscalía consideró que esos cambios utilizaron canales ajenos a los legalmente establecidos. El tribunal aceptó esa interpretación al anunciar las condenas.

La defensa, sin embargo, sostuvo que las operaciones quedaron registradas en la contabilidad del asilo y no generaron ganancias personales ilícitas.

El abogado Roberto Ortega Ortiz explicó que una parte de los fondos permitió comprar leche en polvo para los ancianos. También argumentó que el otro cambio ayudó a cubrir necesidades de la institución.

Viñas Alonso ya había denunciado presiones del Gobierno

La condena afecta a un dirigente masónico que llevaba años en conflicto con las autoridades cubanas.

Tras las protestas del 11 de julio de 2021, Viñas Alonso respaldó una carta crítica con la respuesta del presidente Miguel Díaz-Canel a las manifestaciones. Posteriormente, denunció presiones e interrogatorios.

Las tensiones aumentaron durante la crisis interna de la masonería y las controversias sobre el reconocimiento de sus dirigentes.

En agosto de 2026, el Ministerio de Justicia intentó que Viñas Alonso entregara la dirección del Supremo Consejo del Grado 33 a un responsable interino. Varios masones denunciaron aquella actuación como una intromisión en la autonomía de la organización.

Un grupo de miembros acudió a respaldarlo y la sustitución no se concretó entonces, según informó 14ymedio.

Ese mismo mes, Viñas Alonso compareció ante la Seguridad del Estado por otra investigación relacionada con un presunto delito de desobediencia.

El 26 de septiembre, Ángel Santiesteban Prats fue elegido nuevo soberano gran comendador. Viñas Alonso dejó de ocupar la máxima responsabilidad del Supremo Consejo.

Cuestionamientos sobre el proceso judicial

La organización independiente Cubalex cuestionó la acusación antes del juicio. Su análisis sostiene que las operaciones descritas no reunían los elementos necesarios para constituir el delito imputado.

También llamó la atención sobre la intervención de órganos de investigación vinculados a la Seguridad del Estado. El escrito fiscal incorporó, además, referencias a las opiniones políticas contrarias al Gobierno de Santiesteban Prats.

Estos antecedentes han alimentado las denuncias de una posible motivación política. Sin embargo, esa interpretación no constituye una conclusión judicial acreditada.

En su comunicado del 5 de noviembre, el tribunal afirmó que los acusados contaron con asistencia letrada, pudieron proponer pruebas y ejercieron su derecho a la defensa.

La sentencia todavía puede recurrirse. Tanto los cuatro sancionados como la Fiscalía podrán presentar un recurso de apelación cuando reciban la resolución por escrito. La sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana deberá resolverlo.

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