La disposición busca ordenar la práctica del béisbol, proteger los derechos de sus participantes y establecer normas de supervisión para ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros y demás actores relacionados con la actividad.
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano funcionalmente desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación, será la autoridad encargada de aplicar las disposiciones.
El documento establece como principios la legalidad, integridad deportiva, transparencia, debido procedimiento administrativo, protección de los atletas, interés superior de los menores de edad, igualdad de oportunidades, seguridad, prevención de conflictos de interés y buena fe.
Asimismo, organiza la Dirección del Comisionado en una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas: la Dirección Técnica, responsable de aspectos como infraestructura, entrenamiento, seguridad y dopaje, y la Dirección de Regulación del Béisbol, que tendrá a su cargo el registro y supervisión administrativa de los actores del sector.
Entre las principales disposiciones figura la creación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, destinado a inscribir, certificar, verificar y dar seguimiento a ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros y otros participantes.
En el ámbito profesional, el reglamento contempla la supervisión de ligas y organizaciones, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos, además de establecer condiciones mínimas de protección contractual.
La normativa incorpora reglas dirigidas a preservar la integridad de las competencias, prevenir la manipulación de partidos, evitar conflictos de interés y combatir el dopaje.
Para el béisbol recreativo, establece mecanismos de supervisión de ligas y organizaciones, registro y categorización de jugadores y equipos, organización de eventos, certificación de entrenadores y registro y capacitación de árbitros.
También fija condiciones de seguridad para las instalaciones y exige a los equipos una póliza de responsabilidad civil.
Un apartado especial regula las academias, los prospectos y la protección de los atletas. Las academias deberán registrarse y cumplir condiciones de seguridad. Cuando ofrezcan alojamiento, alimentación o transporte, tendrán que garantizar condiciones adecuadas.
También establece requisitos sobre la idoneidad del personal, los programas de entrenamiento, la salud y atención médica y los derechos de los atletas.
En el caso de los menores de edad, se exige la autorización de padres o responsables legales para determinadas actividades. Además, ordena prevenir situaciones de abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia, sobreentrenamiento y abandono escolar.
La normativa procura que la práctica deportiva no afecte la educación, la salud, el descanso ni el desarrollo integral de los menores, y establece que el reclutamiento y evaluación de prospectos deben realizarse con transparencia, sin prácticas engañosas.
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