Santo Domingo. – El Ministerio de Hacienda y Economía salió a desmentir interpretaciones inexactas que circularon en redes sociales sobre el alcance de la Ley 30-26, de medidas pro-crecimiento económico, simplificación fiscal y mitigación de la crisis internacional.
Según precisó la institución, las suscripciones a plataformas de entretenimiento, aplicaciones móviles, servicios en la nube de uso individual y cualquier otro servicio digital contratado directamente por ciudadanos no están sujetos a las retenciones contempladas en la ley. La entidad fue clara: esta retención no tiene nada que ver con los servicios digitales que contratan las personas, por lo que no les afecta.
Lo que sí establece la ley
Hacienda explicó que la Ley 30-26 reduce de 27% a 15% la retención del Impuesto sobre la Renta aplicable a determinados pagos que realizan empresas locales, en su rol de agentes de retención, a proveedores no residentes en el país. Esto incluye conceptos como licencias de software, regalías, derechos de autor, publicidad digital y servicios de almacenamiento en la nube.
«Con este cambio, se genera un alivio para las empresas locales que utilizan herramientas tecnológicas provistas desde el exterior y se acerca el tratamiento tributario del país a los estándares aplicados en otras economías de la región», indicó la institución.
El llamado a verificar la información
El Ministerio de Hacienda reafirmó su compromiso de ofrecer información oportuna y precisa sobre el alcance de las medidas tributarias vigentes, e invitó a la ciudadanía a consultar sus canales oficiales para conocer los detalles de la Ley 30-26.







