Las tarifas vigentes para la legalización de documentos en Cuba establecen una diferencia de hasta 25 veces entre lo que abona un residente permanente en la isla y un cubano que vive fuera del país, según el desglose actualizado publicado por Directorio Cubano este viernes.
El impuesto se paga mediante sellos del timbre y varía según el tipo de trámite y el estatus de residencia del solicitante. Este esquema tarifario quedó fijado por la Resolución 486/2025 del Ministerio de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial el 27 de diciembre de 2025, que sustituyó a la Resolución 171/2022.
Documentos para uso en el extranjero
Para documentos académicos, escrituras notariales y copias de sentencias judiciales destinados al exterior, los residentes permanentes pagan 40 pesos cubanos (CUP), mientras que los no residentes deben abonar 1,000 CUP.
Para otras certificaciones oficiales —como las del Registro Civil, el carné de identidad, el Registro de Sancionados, el Archivo Histórico, el Arzobispado, constancias laborales o habilitación profesional— los residentes pagan 20 CUP y los no residentes, 500 CUP.
Esta estructura de precios ha sido duramente criticada. La organización Cubalex la calificó en enero de 2026 como «apartheid económico» y «legalización de la desigualdad», señalando que institucionaliza el acceso desigual a servicios legales y responde a un patrón estatal orientado a extraer divisas del exterior.
Certificaciones en bufetes especializados
Los bufetes colectivos también gestionan documentos para uso en el extranjero. La certificación de ciudadanía y la de capacidad legal cuestan 10 CUP para residentes y 250 CUP para no residentes.
Las certificaciones de antecedentes penales, nacimiento, matrimonio, defunción u otras basadas en registros oficiales tienen los precios más bajos: cinco CUP para residentes y 125 CUP para no residentes.
Este tipo de trámites ha generado creciente malestar entre los cubanos en el exterior, quienes denuncian el alto costo de los trámites y las dificultades para gestionarlos a distancia.
Documentos extranjeros con validez en Cuba
Para documentos emitidos por funcionarios diplomáticos o consulares acreditados en Cuba que necesitan validez en el país, el impuesto es de 20 CUP para residentes y 500 CUP para no residentes.
Este mismo monto aplica a documentos expedidos en el extranjero y luego certificados ante autoridades consulares cubanas.
Un cambio relevante: los documentos otorgados directamente por funcionarios diplomáticos o consulares cubanos ya no requieren legalización adicional ante el Ministerio de Justicia.
Formas de pago
El impuesto puede abonarse mediante sellos del timbre en formato físico, adquiridos en oficinas de Correos de Cuba.
También está disponible el pago digital a través de Transfermóvil, opción habilitada por la Resolución 4 de 2023 del Ministerio de Justicia, o mediante compra digital del sello en oficinas de correos con comprobante.
Sin embargo, antes de optar por el formato digital conviene verificar si el país de destino lo acepta, ya que algunos trámites aún exigen el sello físico en papel.
En 2024 se legalizaron más de 1,500,000 documentos en Cuba, cifra que refleja la alta demanda impulsada por la masiva emigración cubana de los últimos años.
Desde el 3 de febrero de 2025, el Ministerio de Justicia asumió las funciones de legalización que antes correspondían al Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del Acuerdo 10034 del Consejo de Ministros.




